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qualesquiera otros, los preceptos siguientes.  1o Mando en virtud de santa obediencia que en un cuaderno  o libro aparte escrivan los Procuradores las copias de las me-  morias originales de los géneros que compran o empleos*  que hacen expresando con toda individuazión los pre- 
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Preceptos del Pe Visitador y Ve Provincial Antonio Garriga a los Procuradores de los offizios de Sta Fe, Buenos Ayres, y Asumpción confirmados por N. P. Gral Miguel Ángel Tamburini en carta de 5 de abril de 1711.

Para la devida execución de los preceptos que impuso en esta  Provincia del Paraguay N. P. G. Miguel Ángel Tamburini en 

carta de 1o de enero de 1707 los quales publicó e intimó en  dicha Provincia en nombre de su Paternidad el Pe Provincial Blas de  Silva este mismo año de 1709, impongo a los PP. Procuradores  que residen y residirán con el tiempo en los offìcios de Missiones  en los Collegios de Sta Fee, Buenos Ayres y de la Asumpción o 

qualesquiera otros, los preceptos siguientes.  1o Mando en virtud de santa obediencia que en un cuaderno  o libro aparte escrivan los Procuradores las copias de las me-  morias originales de los géneros que compran o empleos*  que hacen expresando con toda individuazión los pre- 

cios a que los compraron y si en plata o en géneros: y assi-  mismo la fecha del día, mes, y año, y el nombre del sugeto