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Matrimonio.


Bastará tomar la mano el sacerdote al novio con que entran entrambos en la Ig[lesi]a; los casam[ien]tos se hacen por la mañana o por la tarde como fuere más cómmodo.

Jubileo.


El Jubileo que llamamos del mes, se publicará 8 días antes y también se publicarán los quatro Jubileos del año como también el de la doctrina christiana (y si no consta del día que señaló el ordinario) se solicitará el que lo señale. En esta Doctrina de S[a]n Nicolás es el domingo 2o de Quaresma.
El 2o domingo del mes [h]ay Jubileo en n[uest]ras Ig[lesi]as para todos los que confiesan y comulgan en ellas y se entiende el 2o que cae después del que cae in calendas vel intra calendas, y no según la cuenta de la Ig[lesi]a.
Entre año [h]ay otros quatro Jubileos: 1o día de la Epifanía del S[eño]r; 2o día de la Ascensión; 3o día de la Asump[ci]ón de N[uest]ra S[eño]ra; quarto dominica infraoctava de Todos los S[an]tos. Estos días señaló el P[adr]e Provincial Lauro Núñez en la visita de 1694.