Difference between revisions of "Page:Ordenes Salamanca.djvu/186"

From GATE
m (→‎top: added Template:TurnPage, replaced: <references/> → <references/> {{TurnPage}})
(4 intermediate revisions by one other user not shown)
Page body (to be transcluded):Page body (to be transcluded):
Line 1: Line 1:
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
[[Category:Ordenes Salamanca]]
 
después de ajustadas las cuentas se saquen con limpieza en el libro. <br>
 
después de ajustadas las cuentas se saquen con limpieza en el libro. <br>
16[<sup>o</sup>]. Haga V[uestra] R[everendísim]a que se guarde el orden de no llebar P[adr]es consigo q[uan]do van a otro Pueblo, muchachos o pages por casar ni recién casados, por los incombenientes que movieron a
+
16[<sup>o</sup>]. Haga V. R.a que se guarde el orden de no llebar P[adr]es consigo q[uan]do van a otro Pueblo, muchachos o pages por casar ni recién casados, por los incombenientes que movieron a
 
poner dicho or[de]n. <br>
 
poner dicho or[de]n. <br>
17[<sup>o</sup>]. En algunos pueblos demás de los muchachos que sirven en casa se valen de otros casados, por ser de particular
+
17[<sup>o</sup>]. En algunos Pueblos demás de los muchachos que sirven en casa se valen de otros casados, por ser de particular
 
afición de los P[adres], multiplicando con esto los pages: haga
 
afición de los P[adres], multiplicando con esto los pages: haga
V[uestra] R[everendísim]a que se quite este uso. <br>
+
V. R.a que se quite este uso. <br>
 
<br>
 
<br>
 
<center><big>Preceptos que puso el P[adr]e Prov[incia]l Ign[aci]o de Frías en estas reducz[ion]es del Paraná y Uruguay en 15 de sep[tiemb]re del 1699.</big></center> <br>
 
<center><big>Preceptos que puso el P[adr]e Prov[incia]l Ign[aci]o de Frías en estas reducz[ion]es del Paraná y Uruguay en 15 de sep[tiemb]re del 1699.</big></center> <br>
Footer (noinclude):Footer (noinclude):
Line 1: Line 1:
<references/>
+
<references/> {{TurnPage}}

Revision as of 15:28, 6 May 2020

This page has not been proofread

después de ajustadas las cuentas se saquen con limpieza en el libro.
16[o]. Haga V. R.a que se guarde el orden de no llebar P[adr]es consigo q[uan]do van a otro Pueblo, muchachos o pages por casar ni recién casados, por los incombenientes que movieron a poner dicho or[de]n.
17[o]. En algunos Pueblos demás de los muchachos que sirven en casa se valen de otros casados, por ser de particular afición de los P[adres], multiplicando con esto los pages: haga V. R.a que se quite este uso.

Preceptos que puso el P[adr]e Prov[incia]l Ign[aci]o de Frías en estas reducz[ion]es del Paraná y Uruguay en 15 de sep[tiemb]re del 1699.



Por haverse reconocido, que muchos de los pleitos de las Doctrinas, se han originado del poco cuidado que se ha tenido con los títulos originales y demás papeles de convenios y sentencias sacándolos de los archivos, o no poniéndolos en ellos, y assimismo reconocido que faltan de los dichos archivos otros papeles y zédulas tocantes al buen govierno de dichas Doctrinas y P[adre]s Doctrineros p[ar]a o[b]viar dichos inconvenientes y otros que se pueden seguir, ha parecido conveniente poner los sig[uien]tes preceptos.
1o. Mando en virtud de s[an]ta obediencia, en n[omb]re de Jesu-christo