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ren en realidad de verdad, aviando al sup[eri]or, y obraran con su licencia; y en caso que tal licencia no pueda llegar â tiempo por la distancia, podra obrar tambien, presuponiendo, se la concedera con obligacion de aviarle despues de lo obrado. En que se puede convenir tambien los dos: el que entra y el que sale guardandose los buenos respetos que se deben, teniendo p[o]r bien la disposicion de el que sale, quando se ve que es justa y moderada.<br>
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<center><big>Precepto del P[adre] Lauro Nuñez, 1705</big></center><br>
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<ref>Anotação na margem esquerda: "Abrir cartas".</ref> Prohibe con precepto el uso, y pratica de aquella persuasion [?] que abriendo uno la carta del sup[eri]or para el subdito, lezendola otro, y oyendola el tercero, ninguno incurre en el caso reservado 11<sup>o</sup>.<br>
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<center><big>Precepto del P[adr]e Ignacio Frias, ano de 1699</big></center><br>
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<ref>Anotação na margem esquerda: "Restituir papeles al Archivio".</ref>1<sup>o</sup>. Manda en virtud de s[an]ta obediencia que qualquiera persona, p[adr]e cura, compañero, ô herm[an]o de las Doctrinas que tuviere en su poder algun papel del Archivio del P[adre] Sup[eri]or original de titulos, convenios, sentencias, ù otros papeles, y cedulas tocantes al buen govierno del dichas Doctrinas, y p[adres] doctrin[er]os los restituian al Archivio de la Candelaria cobrando copia de ellos.<br>
  
  
 
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ren en realidad de verdad, aviando al sup[eri]or, y obraran con su licencia; y en caso que tal licencia no pueda llegar â tiempo por la distancia, podra obrar tambien, presuponiendo, se la concedera con obligacion de aviarle despues de lo obrado. En que se puede convenir tambien los dos: el que entra y el que sale guardandose los buenos respetos que se deben, teniendo p[o]r bien la disposicion de el que sale, quando se ve que es justa y moderada.

Precepto del P[adre] Lauro Nuñez, 1705



[1] Prohibe con precepto el uso, y pratica de aquella persuasion [?] que abriendo uno la carta del sup[eri]or para el subdito, lezendola otro, y oyendola el tercero, ninguno incurre en el caso reservado 11o.

Precepto del P[adr]e Ignacio Frias, ano de 1699



[2]1o. Manda en virtud de s[an]ta obediencia que qualquiera persona, p[adr]e cura, compañero, ô herm[an]o de las Doctrinas que tuviere en su poder algun papel del Archivio del P[adre] Sup[eri]or original de titulos, convenios, sentencias, ù otros papeles, y cedulas tocantes al buen govierno del dichas Doctrinas, y p[adres] doctrin[er]os los restituian al Archivio de la Candelaria cobrando copia de ellos.

  1. Anotação na margem esquerda: "Abrir cartas".
  2. Anotação na margem esquerda: "Restituir papeles al Archivio".