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ren en realidad de verdad, aviando al sup[eri]or, y obraran con su licencia; y en caso que tal licencia no pueda llegar â tiempo por la distancia, podra obrar tambien, presuponiendo, se la concedera con obligacion de aviarle despues de lo obrado. En que se puede convenir tambien los dos: el que entra y el que sale guardandose los buenos respetos que se deben, teniendo p[o]r bien la disposicion de el que sale, quando se ve que es justa y moderada.<br>
 
ren en realidad de verdad, aviando al sup[eri]or, y obraran con su licencia; y en caso que tal licencia no pueda llegar â tiempo por la distancia, podra obrar tambien, presuponiendo, se la concedera con obligacion de aviarle despues de lo obrado. En que se puede convenir tambien los dos: el que entra y el que sale guardandose los buenos respetos que se deben, teniendo p[o]r bien la disposicion de el que sale, quando se ve que es justa y moderada.<br>
 
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<center><big>Precepto del P[adre] Lauro Nuñez, 1705</big></center><br>
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<center><big>Precepto del P. Lauro Nuñez, 1705</big></center><br>
 
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<ref>Anotação na margem esquerda: "Abrir cartas".</ref> Prohibe con precepto el uso, y pratica de aquella persuasion [?] que abriendo uno la carta del sup[eri]or para el subdito, lezendola otro, y oyendola el tercero, ninguno incurre en el caso reservado 11<sup>o</sup>.<br>
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<ref>Anotação na margem esquerda: "Abrir cartas".</ref> Prohibe con precepto el uso, y pratica de aquella persuasion que abriendo uno la carta del sup[eri]or para el subdito, lezendola otro, y oyendola el tercero, ninguno incurre en el caso reservado 11<sup>o</sup>.<br>
 
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<center><big>Precepto del P[adr]e Ignacio Frias, ano de 1699</big></center><br>
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<center><big>Precepto del Pe. Ignacio Frias, ano de 1699</big></center><br>
 
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<ref>Anotação na margem esquerda: "Restituir papeles al Archivio".</ref>1<sup>o</sup>. Manda en virtud de s[an]ta obediencia que qualquiera persona, p[adr]e cura, compañero, ô herm[an]o de las Doctrinas que tuviere en su poder algun papel del Archivio del P[adre] Sup[eri]or original de titulos, convenios, sentencias, ù otros papeles, y cedulas tocantes al buen govierno del dichas Doctrinas, y p[adres] doctrin[er]os los restituian al Archivio de la Candelaria cobrando copia de ellos.<br>
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<ref>Anotação na margem esquerda: "Restituir papeles al Archivio".</ref>1<sup>o</sup>. Manda en virtud de s[an]ta obediencia que qualquiera persona, Pe. Cura, compañero, ô herm[an]o de las Doctrinas que tuviere en su poder algun papel del Archivio del P. Sup.or original de titulos, convenios, sentencias, ù otros papeles, y cedulas tocantes al buen govierno del dichas Doctrinas, y PP. doctrin[er]os los restituian al Archivio de la Candelaria cobrando copia de ellos.<br>
 
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<ref>Anotação na margem esquerda: "No sacarlos".</ref>2<sup>o</sup>. Que ninguno saque papel alguno de los d[ic]hos de d[ic]ho Archivo ni para si ni para otro con pretexto alguno sin consentim[ien]to del Pe. Sup.or; y esto solo para el efecto de copiarlo.<br>
 
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<ref>Anotação na margem esquerda: "No darlos el P. Sup.or.</ref>3<sup>o</sup>. Manda al Pe. Sup.or con precepto que no saque para dar a ninguno dichos papeles, sino solo para sacar alguna copia la qual dará con firma sua
 
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ren en realidad de verdad, aviando al sup[eri]or, y obraran con su licencia; y en caso que tal licencia no pueda llegar â tiempo por la distancia, podra obrar tambien, presuponiendo, se la concedera con obligacion de aviarle despues de lo obrado. En que se puede convenir tambien los dos: el que entra y el que sale guardandose los buenos respetos que se deben, teniendo p[o]r bien la disposicion de el que sale, quando se ve que es justa y moderada.

Precepto del P. Lauro Nuñez, 1705



[1] Prohibe con precepto el uso, y pratica de aquella persuasion que abriendo uno la carta del sup[eri]or para el subdito, lezendola otro, y oyendola el tercero, ninguno incurre en el caso reservado 11o.

Precepto del Pe. Ignacio Frias, ano de 1699



[2]1o. Manda en virtud de s[an]ta obediencia que qualquiera persona, Pe. Cura, compañero, ô herm[an]o de las Doctrinas que tuviere en su poder algun papel del Archivio del P. Sup.or original de titulos, convenios, sentencias, ù otros papeles, y cedulas tocantes al buen govierno del dichas Doctrinas, y PP. doctrin[er]os los restituian al Archivio de la Candelaria cobrando copia de ellos.
[3]2o. Que ninguno saque papel alguno de los d[ic]hos de d[ic]ho Archivo ni para si ni para otro con pretexto alguno sin consentim[ien]to del Pe. Sup.or; y esto solo para el efecto de copiarlo.

[4]3o. Manda al Pe. Sup.or con precepto que no saque para dar a ninguno dichos papeles, sino solo para sacar alguna copia la qual dará con firma sua

  1. Anotação na margem esquerda: "Abrir cartas".
  2. Anotação na margem esquerda: "Restituir papeles al Archivio".
  3. Anotação na margem esquerda: "No sacarlos".
  4. Anotação na margem esquerda: "No darlos el P. Sup.or.