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Deshagase el genero de coche, que llaman carretilla de rueda, ô carromatos. P[adr]e Man[ue]l Querini.<br> | Deshagase el genero de coche, que llaman carretilla de rueda, ô carromatos. P[adr]e Man[ue]l Querini.<br> | ||
− | <ref>Anotação na margem direita: "Absolucion de los casos reservados".</ref>40. Revoco desde aora la facultad, que concedio N[uestro] P[adre] [[ | + | <ref>Anotação na margem direita: "Absolucion de los casos reservados".</ref>40. Revoco desde aora la facultad, que concedio N[uestro] P[adre] [[Name::Tirso González de Santalla|Thyrso Gonzalez]], de que cura, y compañero se puedan absolver ad invicen â reservatis, ô de que el que está solo pueda ser absuelto de qualquiera de los de la reduccion mas vecina, y doi en nombre de N[uestro] P[adre] Gen[era]l [[Name::Michelangelo Tamburini|Miguel Angelo]] facultad, para que puedan ser absueltos toties quoties por lo sujetos que en entrambos rios dexassen señalados los p[adre]s prov[inciale]s para este fin con advertencia, que en la jurisdiccion de el Parana se señalen quatro, y otros quatro en el Uruguay en competentes distancias, para que sea facil el recurso. P[adre] Visit[ad]or<br> |
<ref>Anotação na margem direita: "Confessores de los n[uest]ros".</ref>41. Los que passaren por un Pueblo, se pueden confessar assi con el cura, como con el compañero de dicho Pueblo; y los de el Pueblo assi cura, como compañero se pueden confessar, ô reconciliar con el que passa. Declarado por el P[adr]e Geronimo Herran. P[adr]e Jayme. P[adre] Bernardo.<br> | <ref>Anotação na margem direita: "Confessores de los n[uest]ros".</ref>41. Los que passaren por un Pueblo, se pueden confessar assi con el cura, como con el compañero de dicho Pueblo; y los de el Pueblo assi cura, como compañero se pueden confessar, ô reconciliar con el que passa. Declarado por el P[adr]e Geronimo Herran. P[adr]e Jayme. P[adre] Bernardo.<br> | ||
<ref>Anotação na margem direita: "Bendecir ornam[ent]os". </ref>42. Suspendo â todos los que actualm[en]te no fueren superiores la facultad, que por qualquier opinion pudieren tener, de que por n[uest]ros privilegios, por [h]aver sido rectores, ô vice-rectores, superiores, ô vice-superiores, aun despues de acabado el oficio, pueden bendecir ornamentos, calices, y aras. P[adre] Lauro Nuñez.<br> | <ref>Anotação na margem direita: "Bendecir ornam[ent]os". </ref>42. Suspendo â todos los que actualm[en]te no fueren superiores la facultad, que por qualquier opinion pudieren tener, de que por n[uest]ros privilegios, por [h]aver sido rectores, ô vice-rectores, superiores, ô vice-superiores, aun despues de acabado el oficio, pueden bendecir ornamentos, calices, y aras. P[adre] Lauro Nuñez.<br> | ||
43. Los ordenes de los p]adre]s prov[incial]es no espiran con sus oficios, aunq[ue] no sean confirmados por N[uestro] P[adre] Gen[era]l, y duran [h]asta que el que pudiere los revoque. Y es | 43. Los ordenes de los p]adre]s prov[incial]es no espiran con sus oficios, aunq[ue] no sean confirmados por N[uestro] P[adre] Gen[era]l, y duran [h]asta que el que pudiere los revoque. Y es | ||
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Revision as of 17:08, 28 October 2019
[1]cisso de el abrigo, y resguardo de los malos tiempos, sin permitir excesso alguno en su adorno, que no dice con la pobreza de n[uest]ro estado. P[adre] Ger[onim]o Herran.
Deshagase el genero de coche, que llaman carretilla de rueda, ô carromatos. P[adr]e Man[ue]l Querini.
[2]40. Revoco desde aora la facultad, que concedio N[uestro] P[adre] Thyrso Gonzalez, de que cura, y compañero se puedan absolver ad invicen â reservatis, ô de que el que está solo pueda ser absuelto de qualquiera de los de la reduccion mas vecina, y doi en nombre de N[uestro] P[adre] Gen[era]l Miguel Angelo facultad, para que puedan ser absueltos toties quoties por lo sujetos que en entrambos rios dexassen señalados los p[adre]s prov[inciale]s para este fin con advertencia, que en la jurisdiccion de el Parana se señalen quatro, y otros quatro en el Uruguay en competentes distancias, para que sea facil el recurso. P[adre] Visit[ad]or
[3]41. Los que passaren por un Pueblo, se pueden confessar assi con el cura, como con el compañero de dicho Pueblo; y los de el Pueblo assi cura, como compañero se pueden confessar, ô reconciliar con el que passa. Declarado por el P[adr]e Geronimo Herran. P[adr]e Jayme. P[adre] Bernardo.
[4]42. Suspendo â todos los que actualm[en]te no fueren superiores la facultad, que por qualquier opinion pudieren tener, de que por n[uest]ros privilegios, por [h]aver sido rectores, ô vice-rectores, superiores, ô vice-superiores, aun despues de acabado el oficio, pueden bendecir ornamentos, calices, y aras. P[adre] Lauro Nuñez.
43. Los ordenes de los p]adre]s prov[incial]es no espiran con sus oficios, aunq[ue] no sean confirmados por N[uestro] P[adre] Gen[era]l, y duran [h]asta que el que pudiere los revoque. Y es