Difference between revisions of "Page:Ms.6976.djvu/259"

From GATE
Page body (to be transcluded):Page body (to be transcluded):
Line 2: Line 2:
 
<tabber>
 
<tabber>
 
Interpretative=
 
Interpretative=
 +
<center><big>Memorial del P[adre] Prov[incia]l [[Name::Jaime de Aguilar|Jaime de Aguilar]] para el P[adre] Superior en segunda visita del 1737.</big></center> <br>
 +
<br>
 +
1.<sup>o</sup> En los despachos, y socorros, q[u]e se huvieren de hacer â los PP.es Missioneros del Tarumâ, hara V. R. q[u]e igualm[en]te ayuden los 4 pueblos de abaxo, y de manera, q[u]e no les falte alla lo necesario â los PP.es. <br>
 +
2.<sup>o</sup> La Octava del Corpus, y la Novena de S[an] Xav[ie]r se celebraràn en todos los Pueblos, como se hà tratado en las Juntas, y en la forma, q[u]e V. R. dara. <br>
 +
3.<sup>o</sup> El passo de Aguapey sin canoa, ni gente, q[u]e estè allá de assiento es muy penoso, y peligroso p[ar]a los sugetos Indios, ò hazienda q[u]e v[en]g[a]n [?], ô viene de Itapuâ. El pueblo de Itapuâ, tomarà otra vez este cuydado, como lo tuvo antes, y podra usar, y poblar tambien las tierras de S[an] Anton[i]o como las usò antes, con advertencia, q[u]e la propied[a]d de estas tierras es de Loreto. <br>
 +
4.<sup>o</sup> Procurarà V. R. q.e con efecto baxe quanto antes hazienda p[ar]a pagar las deudas del oficio de B[ueno]s ayres S[an]ta Fe, no se les [sic]. <br>
 +
5.<sup>o</sup> Si los Pueblos, qu]e tienen barcos quisieren yr solam[en]te â S[an]ta Fé, no se les obligara, q[u]e pasnen â B[ueno]s ayres, supuesto, que desde S[an]ta Fe a B[ueno]s ayres puede ir la hazienda mas facilm[en]te por tierras. <br>
 +
6.<sup>o</sup> Aunque se ha tratado en las Juntas sobre los precios de varias cosas, solo ha parecido determinar lo siguiente: <br>
 +
1.<sup>o</sup> Que los nobillos, no domados, tengan el mismo precio q[u]e los toros y las bacas, y estas tengan el mismo precio, en q[u]e las puso el P[adre] Visitador Anton[i]o Garrega; en que revoco mi disposicion en la visita antecedente â favor de Yapeyu, y la Cruz <br>
 +
2.<sup>o</sup> La arroba de zevo en pan tendra el precio de 4 r[eale]s en si mismo <br>
 +
3.<sup>o</sup> La bara de tabla de cedro de media bara de ancho, y 4 dedos de gruesso tendra el precio de 5 r[eale]s y â esta proporcion los demas. <br>
 +
4.<sup>o</sup> El metal fundido en campanas, y otras cosas, no passarâ del 12 r[eale]s libro, 5 por la materia, 7 [?] y por la forma. <br>
 +
5.<sup>o</sup> La obra de la plata, q[u]e no fuese de filigrana nunca passarà su hechura de <hi rend="underline">10</hi> p[eso]s por cada maxio <br>
 +
7.<sup>o</sup> Dará V. R. segun se hà tratado providencia conveniente y eficaz p[ar]a q[u]e de la estancia del Yapeyu se saquen quantos toros se pudieren para los pueblos necesitados, que V. R. juzgare. Los toros, que congieren los otros pueblos en tierras del Yapeyu, ô S[a]n Mig[ue]l
 +
 
|-|
 
|-|
 
Diplomatic=
 
Diplomatic=
</tabber>
 
 
 
<center><big>Memorial del P. Prov.l [[Name::Jaime de Aguilar|Jaime de Aguilar]] Para el P. Superior<lb/> En segunda Visita del 1737.</big></center> <br>
 
<center><big>Memorial del P. Prov.l [[Name::Jaime de Aguilar|Jaime de Aguilar]] Para el P. Superior<lb/> En segunda Visita del 1737.</big></center> <br>
 
<br>
 
<br>
Line 20: Line 33:
 
5.<sup>o</sup> La Obra de la plata, q.e no fuese de filigrana nunca passarà <span title="su hechura" style="background:Gold">[[transcriptionError::suhechura]]</span> de <hi rend="underline">10</hi> p.s<lb/> por cada maxio <br>
 
5.<sup>o</sup> La Obra de la plata, q.e no fuese de filigrana nunca passarà <span title="su hechura" style="background:Gold">[[transcriptionError::suhechura]]</span> de <hi rend="underline">10</hi> p.s<lb/> por cada maxio <br>
 
7.<sup>o</sup> Dará V R. segun <span title="se hà" style="background:Gold">[[transcriptionError::sehà]]</span> tratado providencia conveniente y eficaz p.a q.e <span title="de la" style="background:Gold">[[transcriptionError::dela]]</span><lb/> estancia del Yapeyu se saquen quantos toros <span title="se pudieren" style="background:Gold">[[transcriptionError::sepudieren]]</span> para los pueblos necesitados, que<lb/> V R. Juzgare. Los toros, <span title="que congieren" style="background:Gold">[[transcriptionError::quecongieren]]</span> los otros pueblos <span title="en tierras" style="background:Gold">[[transcriptionError::entierras]]</span> del Yapeyu, ô S.n Mig.l
 
7.<sup>o</sup> Dará V R. segun <span title="se hà" style="background:Gold">[[transcriptionError::sehà]]</span> tratado providencia conveniente y eficaz p.a q.e <span title="de la" style="background:Gold">[[transcriptionError::dela]]</span><lb/> estancia del Yapeyu se saquen quantos toros <span title="se pudieren" style="background:Gold">[[transcriptionError::sepudieren]]</span> para los pueblos necesitados, que<lb/> V R. Juzgare. Los toros, <span title="que congieren" style="background:Gold">[[transcriptionError::quecongieren]]</span> los otros pueblos <span title="en tierras" style="background:Gold">[[transcriptionError::entierras]]</span> del Yapeyu, ô S.n Mig.l
 +
</tabber>
 
[[Category:Ms. 6976]]
 
[[Category:Ms. 6976]]

Revision as of 16:04, 29 May 2020

This page has not been proofread

Memorial del P[adre] Prov[incia]l Jaime de Aguilar para el P[adre] Superior en segunda visita del 1737.


1.o En los despachos, y socorros, q[u]e se huvieren de hacer â los PP.es Missioneros del Tarumâ, hara V. R. q[u]e igualm[en]te ayuden los 4 pueblos de abaxo, y de manera, q[u]e no les falte alla lo necesario â los PP.es.
2.o La Octava del Corpus, y la Novena de S[an] Xav[ie]r se celebraràn en todos los Pueblos, como se hà tratado en las Juntas, y en la forma, q[u]e V. R. dara.
3.o El passo de Aguapey sin canoa, ni gente, q[u]e estè allá de assiento es muy penoso, y peligroso p[ar]a los sugetos Indios, ò hazienda q[u]e v[en]g[a]n [?], ô viene de Itapuâ. El pueblo de Itapuâ, tomarà otra vez este cuydado, como lo tuvo antes, y podra usar, y poblar tambien las tierras de S[an] Anton[i]o como las usò antes, con advertencia, q[u]e la propied[a]d de estas tierras es de Loreto.
4.o Procurarà V. R. q.e con efecto baxe quanto antes hazienda p[ar]a pagar las deudas del oficio de B[ueno]s ayres S[an]ta Fe, no se les [sic].
5.o Si los Pueblos, qu]e tienen barcos quisieren yr solam[en]te â S[an]ta Fé, no se les obligara, q[u]e pasnen â B[ueno]s ayres, supuesto, que desde S[an]ta Fe a B[ueno]s ayres puede ir la hazienda mas facilm[en]te por tierras.
6.o Aunque se ha tratado en las Juntas sobre los precios de varias cosas, solo ha parecido determinar lo siguiente:
1.o Que los nobillos, no domados, tengan el mismo precio q[u]e los toros y las bacas, y estas tengan el mismo precio, en q[u]e las puso el P[adre] Visitador Anton[i]o Garrega; en que revoco mi disposicion en la visita antecedente â favor de Yapeyu, y la Cruz
2.o La arroba de zevo en pan tendra el precio de 4 r[eale]s en si mismo
3.o La bara de tabla de cedro de media bara de ancho, y 4 dedos de gruesso tendra el precio de 5 r[eale]s y â esta proporcion los demas.
4.o El metal fundido en campanas, y otras cosas, no passarâ del 12 r[eale]s libro, 5 por la materia, 7 [?] y por la forma.
5.o La obra de la plata, q[u]e no fuese de filigrana nunca passarà su hechura de 10 p[eso]s por cada maxio

7.o Dará V. R. segun se hà tratado providencia conveniente y eficaz p[ar]a q[u]e de la estancia del Yapeyu se saquen quantos toros se pudieren para los pueblos necesitados, que V. R. juzgare. Los toros, que congieren los otros pueblos en tierras del Yapeyu, ô S[a]n Mig[ue]l

Memorial del P. Prov.l Jaime de Aguilar Para el P. Superior
En segunda Visita del 1737.


1.o En los despachos, y Socorros, q.e sehuvieren de hacer â los PP.es Missioneros del
Tarumâ, hara V. R. q.e igualm.te ayuden los 4 pueblos de abaxo, y de manera, q.e no les
falte alla lo necesario âlos PP.es.
2.o La Octava del Corpus, y la Novena de S. Xav.r se celebraràn entodos los Pue
blos, como sehà tratado en las Juntas, y en laforma, q.e V R. dara.
3.o El passo de Aguapey Sin Canoa, nigente, q.e estè allá de assiento es muy penoso, y pe
ligroso p.a los Sugetos Indios, ò hazienda. q.e Vgn [?], ô Viene de Itapuâ. El pueblo de Itapuâ, toma
rà otra vez este Cuydado, Como lo tuvo antes, y podra usar, y poblar tambien las tierras
de S. Anton.o Como las usò antes, Con advertencia, q.e la propied.d de estas tierras esde Loreto.
4.o Procurarà V R. q.e con efecto baxe quanto antes hazienda p.a pagar las deudas del
Oficio de B.s ayres Sta. Fe, no seles.
5.o Si los Pueblos, q.e tienen Barcos quisieren yr solam.te â Sta. Fé, no seles obligara,
q.e pasnen â B.s ayres, supuesto, que desde Sta. Fe a B.s ayres puede ir la hazienda mas facilm.te
por tierras.
6.o Aunque Precios seha tratado en las Juntas sobre los precios de Varias Cosas, solo
ha parecido determinar lo siguiente:
1.o Que los Nobillos, no domados, tengan el mismo precio q.e los toros y las bacas, y estas
tengan el mismo precio, enq.e las puso el P.Visitador Anton.o Garrega; enque revoco midisposicion en
la Visita Antecedente â favor de Yapeyu, y la Cruz
2.o La Arroba de Zevo en pan tendra el precio de 4. r.s en si mismo
3.o La bara de tabla de Cedro de media bara de ancho, y 4 dedos de gruesso tendra
el precio de 5 r.s y â esta proporcion los demas.
4.o El metal fundido en Campanas, y otras cosas, nopassarâ del 12 r.s libro. 5 por
la materia, 7 [?] y por la forma.
5.o La Obra de la plata, q.e no fuese de filigrana nunca passarà suhechura de 10 p.s
por cada maxio

7.o Dará V R. segun sehà tratado providencia conveniente y eficaz p.a q.e dela
estancia del Yapeyu se saquen quantos toros sepudieren para los pueblos necesitados, que
V R. Juzgare. Los toros, quecongieren los otros pueblos entierras del Yapeyu, ô S.n Mig.l

... more about "Ms.6976.djvu/259"
sehuvieren +, âlos +, entodos +, sehà +, laforma +, nigente +, esde +, seles +, seha +, enq.e +, enque +, midisposicion +, nopassarâ +, suhechura +, dela +, sepudieren +, quecongieren +  and entierras +