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que impuso â las Missiones, y que quiero, y es mi voluntad se observen â la letra, mientras yo informado no alteraba en alguno de ellos; declaro aora lo mismo y espero que V.R. corrija lo que en esta parte â faltado su antecessor, mudando, y alterando contra lo que estaba prudentemente dispuesto.

Paso aora â un punto que el Padre Visitador no se atrevio â resolver: escrive que los Padres Missioneros se sirven de seis muchachos, los quales assisten, y duermen en Nuestras Casas con titulo de sirvientes, sirviendo solo de ostentacion, y pompa, por este y otros inconvenientes fuertes, y efficaces, para haverlos desterrado luego de Nuestras Casas, lo quiso executar mas los Consultores de Provincia, que reconocieron la efficacia de las razones, hallaron gran {-dificultad} en el reparo que harian los Yndios, si vieran tan repentina mudanza. Ordeno a V.R. heche de Nuestras Casas los seis muchachos, como oziosos, y perniciosos, y no permita que los Missioneros se sirvan sino de algunos Yndios de razon. El modo de executar este orden dexo a la prudencia de V.R. atendiendo en el à no dar escandalo â los Yndios. En los Santos Sacrificios de V.R. me encomiendo. Roma y Mayo 1. de 1716.

De V.R. Siervo en Christô.

Miguel Angel Tamburini

Segunda Via Padre Provincial de la Provincia de Paraguay Nona Carta Cordova de Tucuman