todos los dias fuera del jueves, a la mañana a rezar y a la tarde a explicacion de la doctrina fu[e]ra del sabado de la tarde que bastara acudan a la letania, y Salve como se acostumbra. Pero se advierta que aunque sea tiempo de carpiciones se ha de tocar la capana de la doctrina como en los demas tiempos para que acudan los que no van a carpir; y desto se tendra cuydado ayudando la de los alcardes porque no se crien los muchachos ociossos; y encargo seriamente que pues las doctrinas no han de passar de media hora, y son ya menos; se hagan con cuydado y no superficialmente.
Esta carta pasara por todas las Doctrinas del Uruguay, y se copiara en cada una, y se me avisara del recivo poniendose el viose ordinario con la firma del p[adr]e de aquella Doctrina en el original que ha de bolver a manos del P[adr]e Secretario como dexo encargado al P[adr]e Superior.
La diligencia en hacer las las copias (mas no por manos de indios que no conviene) y de remitir en breve este original para que pase a las seguientes Doctrinas encargo a V. R.s. Guarde N[uestro] S[eño]r a V. R.s en cuyos s[an]tos sacrifficios, ett.a. Itapuã, abril 13 de 1664.
Porque el mirar essas Doctrinas sin las armas de fuego (que les aseguraban de las invaciones de los portugueses de S. Pablo) solicita nuevos cuidados bien necesarios para su defensa (y mas con la nueva cercania de sus poblaciones) me ha parecido encargar a V. R.a y a todos los p[adr]es que viven en essas reduciones lo que despues de haber visto el sentir de V.a R.a y sus consultores[2]
todos los dias fuera del Jueves ala mañana a rezar, yala tarde a explicacion
de la Doctrina fu[e]ra del Sabado dela tarde que bastara acudan ala
Letania, y Salve comose acostumbra, Perose advierta que aunque seatiempo
de Carpiciones Sehade tocarla Capana de la Doctrina, Como enlos demas tiempos
paraque acudan los que novan a carpir. y desto setendra cuydado ayudan
do la delos Alcardes, porque nose crien los Muchachos ociossos, y encargo se
riamente quepues las Doctrinas nohande passar demedia hora, y sonyamenos,
sehagan concuydado, y no super ficialmente.
Esta Carta pasara portodas las Doctrinas del Uruguay, y secopiara en
cada una , yseme avisara del recivo poniendose el viose Ordinario Conlafir
ma del P.e de aquella Doctrina en el Original quehade bolver amanos del
P.e Secretario como dexo Encargado al P.e Superior.
La diligencia enhacerlas las Copias (mas nopor manosde Indios que no
conviene) y de remitir en breve este original paraque pase alas Seguientes Doctri
nas encargo a V. R.s Guarde N. S.r a V. R.s encuyos S.tos Sacrifficios, ett.a
Itapuã Abril 13 de 1664.
Andres de Rada
Para el P.e Superior delas Doctrinas
De 17. de Novembre de 1666.
Porque el mirar essas Doctrinas sinlas Armas defuego (que les asegura
ban delas invaciones delos Portugueses de S. Pablo) Solicita nuevos cuidados
bien necesarios parasu defensa (y mas conla nueva cercania desus Poblacio
nes) meha parecido encargar a V. R.a y a todos los P.es que viven en essas
Reduciones lo que despues de haber visto el sentir de V.a R.a y sus Consultores,
mandò al Provincial del Paraguay, q.e entregase todas las armas delos pue
blos al Cap.an g.ral dela Provincia, p.a q.e se guardase en una casa q.e habian de costear
- ↑ Rada, Andres de, sacerdote, * 1601 (Belmonte - Cuenca, Espanha) e + 22.I.1672 (Madrid, Espanha); chegou, no Paraguai, como visitador em 1663; mais tarde foi provincial até o ano de 1669 (Storni, 232).
- ↑ A mão que indicava a continuidade da carta do Padre Andres de Rada continua nesta página com a seguinte anotação ao pé de pagina: "Estas ordenes se daban contra una cedula r[ea]l de S. E. Dn. Felipe 4o en q[u]e mandò al Provincial del Paraguay, q[u]e entregase todas las armas de los pueblos al Cap[it]an G[ene]ral de la Provincia, p[ar]a q[u]e se guardase en una casa q[u]e habian de costear [continua na página seguinte]"